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PROHIBIDO FUMAR AL AIRE LIBRE SI NO SE RESPETA LA DISTANCIA DE 2 METROS Y MODIFICACIÓN DEL CIERRE DE HOSTELERÍA

Ago 19, 2020

Una de las medidas extraordinarias acordadas entre el Ministerio de Salud y las Comunidades Autónomas para intentar frenar la propagación del coronavirus, es la prohibición de fumar al aire libre si no se puede garantizar una distancia de dos metros con otras personas. Está disposición es aplicable a cualquier dispositivo de inhalación del tabaco como pipas de agua, cachimbas o similares.

Además, el cierre de los establecimientos con actividad de hostelería, restauración y terrazas será a las 01:00 horas, incluidas las labores de desalojo del establecimiento, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

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