Las piscinas de verano tienen por finalidad el baño, la natación y el uso lúdico del agua. Para su utilización se estará a lo dispuesto por la legislación vigente y en ella se observarán las siguientes normas:
a) Es obligatorio ducharse antes de entrar en el agua de las piscinas.
b) En las duchas de la piscina está prohibido jabonarse.
c) A las playas de las piscinas se accede únicamente con chancletas o calzado similar.
d) Al agua se entra solamente con bañador, aunque es aconsejable el uso de gorro. Los pies deben estar descalzos.
e) En el interior de las piscinas no está permitido practicar juegos violentos a fin de no molestar a los demás bañistas.
f) No se deben introducir en el agua flotadores grandes, colchonetas, balones, equipos de inmersión u otros elementos que impidan el normal desenvolvimiento de los bañistas.
g) La piscina infantil es para el baño de los niños menores de 6 años, que estarán vigilados y controlados por un adulto mayor de 18 años.
h) Queda terminantemente prohibido el baño:
– A toda persona que padezca heridas o cualquier afección cutánea.
– A quienes padezcan enfermedades contagiosas de cualquier clase.
– A quienes se encontraran en cualquier grado de intoxicación alcohólica.
i) Las personas responsables de la correcta utilización de las piscinas son los socorristas. Por lo tanto deben seguirse todas las recomendaciones y sugerencias que hagan a los usuarios.